Dos ciudadanos, Claudia Liliana Sánchez y Carlos Mario Gómez, demandaron ante la Corte Constitucional un aparte del Código Sustantivo del Trabajo que prohíbe a los empleados presentarse a laborar

en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes”.

En su demanda, los ciudadanos señalan que esta disposición vulnera concretamente los derechos a la intimidad y al buen nombre, señala W Radio.

La demanda se sustenta en otro fallo de la Corte que estableció que los consumidores habituales de sustancias adictivas se deben considerar más como ‘enfermos’ y por lo tanto deben ser atendidos por el sistema de salud.

En consecuencia, despedir a un trabajador por ser un enfermo, vulnera además el derecho a la igualdad.

Agrega W Radio que los demandantes señalaron que se afecta

el derecho fundamental a ser iguales ante la ley, pues si visiblemente el Código Laboral habla de enfermedades de tipo común, sólo pueden ser objeto de terminación con justa causa de manera unilateral por parte del empleador, si esta enfermedad dentro de un término de 180 días, no haya podido ser curada, si es completamente claro, que la calidad de enfermo dependiente o adicto estaría enmarcada dentro de una enfermedad de tipo común, no profesional”.

 

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