“Aunque, en efecto, hay un derecho fundamental al buen nombre que debe protegerse, ¿no hay ya en el ordenamiento jurídico mecanismos claros para resolver los casos límites de la libertad de expresión? ¿Por qué, si hay procesos por los delitos de injuria y calumnia, la tutela, que debería ser extraordinaria, va a entrar ahora a reemplazarlos?”, dice El Espectador.

Para El Espectador, la forma rápida en que se tramitan las tutelas no permite que se surtan las etapas procesales que sí ocurren en una denuncia.

Analizando una a una las afirmaciones de Claudia López entuteladas, El Espectador encuentra que la Corte, asumiendo una función que no le corresponde, está diciendo qué argumentos son válidos para la contienda electoral. Así mismo, sugiriendo que las opiniones deben ser demostrables.

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“¿Vamos a crear jueces encargados de verificar la “validez” de las opiniones? ¿Y qué pasa con aquellas que son sugerencias, perspicacias? ¿Deberían censurarse del todo? Por supuesto, si alguien dice, de manera categórica, “tal persona ha cometido un delito”, habría lugar a exigir rectificación. Pero si alguien lo expresa como una opinión, les está diciendo a las personas que no hay de por medio una afirmación categórica, sino el producto de su modo de entender la realidad. Eso, precisamente, es lo que protege la libertad de expresión. Pero a la CSJ le parece problemático, con lo cual contribuye, en el proceso, a fomentar la censura de las voces críticas”, concluye el periódico.

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