La sentencia de la Corte Constitucional, emitida el pasado 24 de febrero, indica que cuatro de los estudiantes solicitaban la protección de los derechos a la igualdad, educación y debido proceso ya que aparentemente el Icetex se los estaba vulnerando porque pese a que habían sido “reconocidos como beneficiarios, les fue negado el pago del subsidio de sostenimiento por no encontrarse registrados en la base de datos del Sisbén”.

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Para el quinto caso, explica la Corte en la sentencia, se alegó la violación por parte del Icetex a los derechos de un menor al que le negaron el “otorgamiento del crédito condonable” del programa ‘Ser pilo paga 2’ porque supuestamente “a la fecha de la solicitud no se encontraba inscrito en la base de datos del Sisbén con los puntajes de corte establecidos en la convocatoria”.

Pero más allá de que Diego Pérez, Abraham Lemus (representado por su madre Rosa Lemos), Karen Díaz, Luis Andrade y Karen Mesa no aparecían en la base de datos del Sisbén, la Corte estableció que era porque “no había sido actualizada, lo que generó la negativa del Icetex para entregar los subsidios”.

A raíz de esta confusión, la Corte le recordó al Estado la obligación que tiene de mantener actualizadas las bases de datos del Departamento Nacional de Planeación (DNP) y la información del estado socioeconómico de las personas, ya que por culpa de fallas con esta pueden ser excluidos de programas sociales.

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