En el caso de los militares e integrantes de la Fuerza Pública, la Corte, como tal, no se pronunció al respecto, pues la reforma constitucional que creó la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) tiene un tratamiento diferenciado para ellos.

De otro lado, serán los magistrados de la JEP los que deben definir si la condena incluye la prohibición de participar en política.

Sin embargo, habrá una especie de garantía para quienes ya han sido sentenciados por la justicia ordinaria y decidan presentarse a la JEP y al sistema de verdad y reparación. En este caso, después de que se acojan a la jurisdicción de paz, todas sus sanciones y penas serán suspendidas hasta que haya un fallo definitivo sobre sus casos, de manera que podrán participar en política mientras tanto.

Esto podría permitir que varios jefes guerrilleros se presenten a cargos de elección popular mientras la JEP resuelve sus procesos. Pero, ojo, si la jurisdicción especial, al condenarlos, considera que no pueden participar en política, entonces la consecuencia será la imposibilidad de ser candidatos o de ejercer cargos públicos.

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Además, si hay incumplimiento por parte de los que se acojan a la JEP, se podrían perder los beneficios, incluido el de la no-extradición. Los mismos integrantes de la jurisdicción especial definirán cuándo hay incumplimientos.

El alto tribunal también limitó la participación de extranjeros en la JEP: pueden emitir conceptos, pero no deliberar en debates de la jurisdicción especial o estar en las discusiones de las distintas salas.

Otro condicionamiento que puso la Corte Constitucional es el de las tutelas que se interpongan contra fallos de la JEP. El alto tribunal, sin participación de la jurisdicción especial, seguirá seleccionando las tutelas, como se viene haciendo.

La Corte tampoco se pronunció sobre la responsabilidad de mando, de modo que todo quedará como está dispuesto en la reforma que creó la JEP.

Estos puntos fueron explicados por Luis Guillermo Guerrero, presidente de la Corte Constitucional, este martes, en rueda de prensa. El aval a la JEP, con estas condiciones, se dio de forma unánime: 7 votos a favor y cero en contra. Dos magistrados (Carlos Bernal y Cristina Pardo) no participaron en la discusión.

Todo esto quiere decir que es el Congreso el que tiene la última palabra para que la Jurisdicción Especial para la Paz empiece a funcionar. Sin embargo, este martes, el debate en el Senado se pospuso pues no había suficientes legisladores para votar.