La fe de erratas tiene 11 puntos. El séptimo dice que un aparte del nuevo acuerdo de paz, relacionado con la responsabilidad de los comandantes de las Farc en delitos cometidos por subalternos, quedará así:

“Se entiende por control efectivo de la respectiva conducta la posibilidad real que el superior tenía de haber ejercido un control apropiado sobre sus subalternos, en relación con la ejecución de la conducta delictiva, tal y como se establece en el derecho internacional”.

Antes, el nuevo acuerdo decía: “tal y como se establece en el artículo 28 del Estatuto de Roma”.

Justamente, José Miguel Vivanco, director para la Américas de Human Rights Watch, había destacado que en la renegocación “el requisito de ‘control efectivo’ para establecer la responsabilidad del mando es el mismo que el del artículo 28 del Estatuto de Roma”.

Vivanco manifestó reparos con la mención a ese control efectivo mencionado y sugiere una aplicación total del artículo mencionado:

Si se aplicara el artículo 28 del Estatuto de Roma, como corresponde con arreglo al derecho internacional, las autoridades judiciales de la jurisdicción especial deberían probar que el comandante o bien sabía o bien tenía razones para saber de los delitos cometidos por sus subordinados”.

El cambio informado en la fe de erratas, sin embargo, no aparece en parte del nuevo acuerdo que se refiere a los agentes del Estado (página 152).

Este es el comunicado publicado este jueves:

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