La diferencia de responsabilidades entre los uniformados rasos y los mandos medios y altos quedó patente luego de que el alto tribunal resolviera un recurso de casación, es decir, el trámite extraordinario al que apela un condenado para anular su sentencia por considerar que hubo una interpretación o aplicación incorrecta de la ley.

En este caso, la Corte tumbó la sentencia a 560 meses de prisión (41 años) que había impuesto el juzgado primero penal de conocimiento de Cali, ratificada por el Tribunal Superior de esa ciudad, a siete soldados profesionales por el homicidio agravado de cuatro personas acusadas de integrar una organización delincuencial, el 14 de marzo de 2007, informa El Espectador.

Mientras a los siete soldados les impuso una nueva condena de 425 meses de prisión (35 años), el tribunal fijó en 500 meses y un día de prisión la pena para el mayor Mauricio Ordóñez Galindo, el capitán Oswar Javier Arias Martínez y el teniente Carlos Alberto Galeano Galeano, responsables de la operación.

En “su condición de oficiales del Ejército Nacional, tienen como tarea principal ejecutar, conducir y liderar las diversas operaciones llevadas a cabo, es decir, conforman el nivel directivo de la institución”, indica en uno de sus apartes el fallo, citado por El Espectador.

“En el fallo, la Sala Penal de la Corte hace una advertencia frente al hecho que se debe hacer una diferenciación en los casos en los que estén siendo procesados oficiales y suboficiales puesto que los primeros tienen una responsabilidad mayor en este tipo de casos, hecho que representa un agravante cuando se plantea la pena por imponer”, agrega el diario capitalino.

Ese medio destaca que la Corte Suprema de Justicia basó su decisión en la jurisprudencia de la Corte Constitucional según la cual la causal de agravación “no es ‘gratuita’, sino que surge a partir de ‘deferencias relevantes’”. “En el caso en estudio se consideró que se debe hacer una clara diferenciación cuando se mira la calidad de soldado o suboficial del Ejército Nacional”, añade.

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