En un fallo de segunda instancia, el Tribunal Superior de Bogotá reconsideró la pena inicial de 9 años y 5 meses que le impuso el juzgado 53.

El tribunal acogió los argumentos de la Fiscalía en su apelación, al señalar que hubo una mala interpretación en la audiencia en la que se le reconocieron los beneficios por reconocer sus crímenes, señala Blu Radio.

Se había reconocido que él era una persona vulnerable por su condición de pobreza y por eso fue tan poca la condena. Ahora se reconoce que no actuó en condición de vulnerabilidad y eso afecta la pena al considerar que su víctima si estaba en riesgo”,

dijo el tribunal.

Para aumentar la pena, el Tribunal tuvo en cuenta un concepto de Medicina Legal que estableció que Valencia estaba en plenitud de condiciones mentales en el momento en el que cometió sus crímenes.

el trastorno de capacidad antisocial se acompaña de una conducta criminal serial, la cual implica riesgo de incidir en la conducta. No presenta en la actualidad condición en su salud mental que le impida llevar vida en reclusión, además conserva capacidad de rendir testimonios”,

señala el concepto forense.

Valencia se expone a otro aumento de condena cuando se incluyan los otros 11 crímenes por los que aún no ha sido juzgado. Este primer proceso corresponde solamente a la muerte de María del Pilar Muñoz, la primera mujer que fue identificada de sus víctimas.

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