“Nosotros proponemos desde una sanción de 250 UFV (unos 72 dólares) hasta ocho horas de arresto dependiendo de la gravedad de la acción”, dijo la parlamentaria Shirley Franco, del partido Unidad Demócrata, entrevistada por la agencia católica de noticias Fides.

“En el caso más grave puede llegar a la privación de libertad”, agregó, dejando entrever que se podría evaluar la posibilidad de mayores penas.

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La UFV es una unidad de cuenta que fija el emisor Banco Central de Bolivia y que se reajusta con la inflación. A la fecha, 1 UFV equivale a 2,12 bolivianos (0,30 dólares).

La legisladora precisó que su propuesta, que aún debe ser debatida en comisiones y en el plenario legislativo, permitirá complementar una ley contra la violencia a las mujeres.

De acuerdo con el Observatorio Contra el Acoso Callejero de Chile, el acoso callejero se define como  “prácticas de connotación sexual ejercidas por una persona desconocida, en espacios públicos como la calle, el transporte o espacios semi públicos (mall, universidad, plazas, etc.); que suelen generar malestar en la víctima. Estas acciones son unidireccionales, es decir, no son consentidas por la víctima y quien acosa no tiene interés en entablar una comunicación real con la persona agredida.”

Entre esas acciones se encuentran los ‘piropos’, miradas lascivas, gestos obscenos, comentarios sexuales, fotografías y grabaciones no consentidas y con connotación sexual, tocaciones y manoseos, persecución, masturbación y exhibicionismo en los espacios mencionados.

Según datos de la Defensoría del Pueblo y de ONG de mujeres, Bolivia cerró 2015 con 93 casos de feminicidios y procesó más de 26.000 denuncias de violencia doméstica.

La violencia de género en Bolivia alcanza al 53,3 % de mujeres, siendo que en Colombia y Perú casi llegan al 40% y Ecuador 32,4%.

En los últimos días, el tema del acoso callejero volvió a ser centro de discusión en Internet con la viralización de un corto que retrata lo que vive una mujer cuando camina sola por la calle.

con AFP

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