Además de “femenino” y “masculino”, la sentencia argumenta, basándose en el derecho constitucional a la protección de la personalidad, que las personas que no son ni hombres ni mujeres tienen derecho a inscribir su identidad de género de forma “positiva” en el registro de nacimiento.

El fallo supone un paso más allá en la adquisición de derechos de las personas intersexuales en Alemania, que en 2013 lograron por una reforma legal que se permitiese a los padres de recién nacidos que no tuviesen que registrar obligatoriamente a sus hijos como mujeres o varones en el registro civil si no se podía determinar con claridad su género.

Incluso, desde año, era posible en Alemania no rellenar el espacio relativo al sexo, dejándolo en blanco, y los interesados podían luego en el curso de sus vidas optar por el sexo masculino o femenino, o mantener sin precisar el género.

La jurisdicción basada en Karlsruhe invita a los diputados a introducir en esos documentos una mención sobre el tercer sexo”.

Pero la Corte federal de justicia, una instancia inferior, rechazó en agosto de 2016 ir más lejos y  reconocer la existencia jurídica de un tercer sexo, considerando que “no sería legal”. Rechazó así la demanda de una persona intersexual, nacida en 1989 y registrada con el sexo femenino.

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Esta persona, apoyada por una asociación favorable al tercer sexo, recurrió entonces a la más alta jurisdicción, la Corte constitucional. La persona demandante presentó a los jueces supremos análisis cromosómicos que evidenciaban que no era ni hombre ni mujer.

Si los diputados aceptan la demanda de los jueves constitucionales, ello convertiría a Alemania en el primer país en Europa en reconocer oficialmente un tercer género. En mayo, Francia rechazó la mención “sexo neutro”, al denegar la demanda de una persona nacida sin pene ni vagina.

Con información de EFE y AFP

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