Ahora miles de colombianos dejarán de sufrir cuando vayan al cajero y no les permita retirar el monto restante de su nómina o de cualquier otro ahorro, como pasaba hasta la semana pasada.

Todo gracias a la sanción de la Ley 1793 del 7 de julio de 2016, por medio de la cual se dictan normas en materia de costos de los servicios financieros.

La rúbrica del Jefe de Estado se dio el sábado pasado. La norma, además, obliga a que las entidades autorizadas para captar recursos del público solo puedan cobrar costos financieros y transaccionales por los primeros 60 días de inactividad y/o ausencia de movimientos financieros por parte del usuario.

“En ningún caso –se advierte en el texto de la ley–, podrán hacer cobros retroactivos cuando el titular de la cuenta haga nuevos depósitos o movimientos que cambien la condición de inactividad de la misma”, aclara la norma, citada en un comunicado de Presidencia.

Por otra parte, quedó establecido que desde ahora los bancos tendrán que entregarles una tasa de interés como remuneración mínima a los clientes con cuentas de ahorro, sin importar el nivel de depósito.

La norma fue aprobada en mayo pasado por el Congreso de la República. En aquella época fue bien recibida por los bancos, que consideran que reforzará el mercado financiero en Colombia.

“Esta ley aprobada por el Congreso viene a reforzar una tendencia que desde hace algún tiempo viene exhibiendo el mercado financiero colombiano, que ofrece un competitivo portafolio de productos y servicios y combina interesantes niveles de rentabilidad además de otros beneficios”, aseguró al diario La República Jonathan Malagón, vicepresidente de la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia (Asobancaria).

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