Se trata de un fallo de primera instancia y que, en esta ocasión, solo implica el acatamiento de la decisión, pero no el pago de una indemnización porque la empresa sancionada ya pagó 30 mil millones de pesos a sus dos competidoras, explica la SIC.

El anuncio de la sanción lo hizo Fidel Puentes, superintendente delegado para temas jurisdiccionales, quien explicó que el operador Comcel, ahora llamado Claro, desconoció las normas nacionales sobre los llamados “cargos asimétricos”.

Según explicó, el caso se remonta al primer trimestre de 2015, cuando el operador mexicano antes conocido como Comcel se negó a pagar las tarifas vigentes entonces.

La Superintendencia entonces ordenó medidas cautelares en el comienzo del proceso legal y los valores correspondientes fueron pagados a Tigo y Movistar.

El tema de los cargos asimétricos se refiere a que Claro (anteriormente Comcel), debe pagar más que sus competidores para acceder a la red nacional de interconexión dada su posición dominante.

Estos cargos los fija la Comisión de Regulación de Comunicaciones, crc, pero Claro no las había acatado hasta el momento de la demanda en su contra.

Movistar y Tigo en sus correspondientes demandas afirmaron que con ocasión de las revisiones del mercado de la telefonía móvil por parte de la CRC se evidenció la existencia de una falla en el mercado que llevó a la CRC a adoptar medidas regulatorias de carácter particular respecto de Claro y, por medio de las Resoluciones 4002 y 4050 de 2012 y 4660 de 2014, fijó a Claro una remuneración superior a la de sus competidores para el respectivo acceso a las redes de interconexión”,

indicó la Superintendencia en un comunicado.

Claro, en su respuesta, señaló que

Ha venido cumpliendo con el pago de cargos asimétricos a las dos compañías según lo dispuso medida cautelar de la SIC en febrero pasado, por lo que no está de acuerdo en que se haya incurrido en competencia desleal y recurrirá el caso”.

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