De ser aprobado el proyecto de reforma en el Congreso, se obligará a los encargados de las iglesias a rendir cuentas sobre todos los costos para así evitar que se evadan los pagos de impuestos. Igualmente, deberán informar sobre la composición de sus juntas o equipos.

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) determinará la plataforma digital en la cual las entidades deberán publicar su información y actualizarla cada año.

Adicionalmente, las entidades sin ánimo de lucro tendrán que reportar su identificación, descripción de su actividad, denominación y domicilio, monto y destino de la reinversión del beneficio o excedente neto y de las asignaciones permanentes que se hayan realizado en el año. Así mismo, tendrán que identificar a las personas que ocupan cargos gerenciales, directivos o de control, afirma Dinero.

Con respecto a las finanzas, las iglesias deberán publicar:

  1. Los salarios de los directivos.
  2. Identificación de los creadores o fundadores del templo.
  3. Si hay donaciones, identificar a las personas o entidades que las hicieron. Además, publicar el monto de la donación, destinación y el tiempo en que se proyecta la inversión.
  4. Deben elaborar un informe cada año en el que se evidencien sus proyectos actuales y los que ya realizaron.
  5. Total de ingresos, contratos, subsidios y aportes.
  6. Estado de pérdidas y ganancias.

La entidad encargada de dar la certificación de cumplimiento de obligaciones al régimen tributario será la Dian. En caso de que la iglesia no cumpla con alguna de las condiciones señaladas, deberá pagar impuestos y la Dian revocará el beneficio de la no declaración de renta, cobijada por la reforma, menciona Portafolio. 

LO ÚLTIMO