Además de la Fedopto, 9 personas naturales más tendrán que responder por la presunta violación del régimen de libre competencia económica y por haber adelantado una campaña de difusión de información amañada para obstruir la comercialización por internet de lentes de contacto de fabricación en serie.

La “Federación presuntamente ejecutó una serie de conductas para evitar que los consumidores colombianos adquirieran sus lentes de contacto a través de páginas web, aludiendo supuestas afectaciones a ‘la salud y seguridad del consumidor’ que, en realidad, serían la fachada para que la comercialización de dichos dispositivos solo se hiciera por el canal tradicional que es el utilizado por sus afiliados”, señala la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), en un comunicado.

En la decisión de la SIC se habría tenido en cuenta la campaña que realizó la Fedopto en contra de Lentes Plus, un nuevo (y exitoso) modelo de venta de lentes con precios inferiores en un 30 % a los del mercado tradicional.

En octubre pasado, por ejemplo, la presidenta de la Federación, Johana Garzón, atacó a ese nuevo emprendimiento asegurando que la regulación actual no permitía la venta de lentes de contacto por Internet y que estaba en juego la seguridad de los pacientes.

“Resulta que los dispositivos médicos están tipificados por la ley, y son los lentes de contacto unos dispositivos que deben ser únicamente distribuidos en establecimientos especializados y adaptados por profesionales especializados, llámense optómetras o también los oftalmólogos”, aseguró Garzón a W Radio hace pocas semanas.

Su argumento, entonces, quedó totalmente desdibujado con la decisión de la SIC, que agregó:

Los mecanismos de comercialización de lentes de contacto en Colombia comprenden un canal tradicional (ópticas con consultorio) en el que se puede vender todo tipo de lentes de contacto (en serie y a la medida) y un canal no tradicional (ópticas sin consultorio) en el que se encuentran los comercializadores por internet, y en donde es posible adquirir lentes de contacto de fabricación en serie a un precio menor”.

El ente regulador enfatiza en que, por los motivos mencionados, la Federación habría infringido en la prohibición que tienen prevista las asociaciones y sociedades científicas de profesionales de salud en Colombia “consistente en adoptar decisiones o políticas internas que tengan por objeto o como efecto impedir, restringir o falsear el juego de la libre competencia económica”.

La investigación de la SIC da cuenta además que quedó en evidencia que la Fedopto habría desinformado y presionado a toda la comunidad dedicada a la salud visual en Colombia para evitar que hicieran alianzas con las comercializadores de estos dispositivos por Internet como Lentes Plus.

“Al tiempo que habría ejecutado una serie de conductas para evitar que los consumidores colombianos adquirieran sus lentes de contacto a través  de páginas web, aludiendo supuestas afectaciones a ‘la salud y seguridad del consumidor’ que, en realidad, serían la fachada para que la comercialización de dichos dispositivos (lentes de contacto de fabricación en serie) solo se hiciera por el canal tradicional (ópticas con consultorio) y no por el canal no tradicional (ópticas sin consultorio)”, agrega la comunicación.

En lo que tiene que ver con las posibles sanciones, la SIC informó que la Fedopto podría pagar más de 68.000 millones de pesos; y las personas vinculadas a la violación de las normas mencionadas más de 1’300.000 pesos. Además, aclaró, no procede ningún recurso en contra de la imputación de cargos.

Estas son las personas jurídicas y naturales a las que les serán imputados los cargos:

SIC

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