Si le ha pasado que su jefe le dice que tiene que estar disponible por si algo pasa y lo llegan a necesitar, incluso sin usted estar en el lugar de trabajo, ahora las condiciones por dicha petición serán diferentes.

El Alto Tribunal consideró que cuando un empleado pacta con su jefe disponibilidad para ser requerido en cualquier momento, esto significará el pago de horas extras, “así no sea llamado efectivamente para desarrollar alguna tarea”, cita el diario El Tiempo.

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La decisión la tomó la Corte con base en el recurso interpuesto por 4 trabajadores de la Empresa de Telecomunicaciones de Pereira, que alegaban el pago de horas extras, recargos nocturnos, dominicales y compensatorios por trabajar con dicha condición desde enero de 2003.

El Alto Tribunal aclara que esto será procedente cuando en el contrato existan cláusulas de disponibilidad con las que el empleado “no podría desarrollar actividad alguna de tipo personal o familiar, pues debería estar presto al llamado de su empleador a atender algún inconveniente relacionado con los servicios prestados”.

La revista Dinero, por su parte, señala que luego de la demanda, la empresa argumentó que cuando los trabajadores fueron requeridos en horas distintas a las laborales, se les reconoció con dinero trabajo.

Pese a esto, la Corte Suprema insistió: “La disponibilidad es aquella parte que permite el cabal desarrollo de la dependencia o subordinación a cargo del empresario. En otros términos, sin la disponibilidad del trabajador no sería posible que el empleador ejerciera el poder subordinante que le otorga el contrato de trabajo, como elemento esencial del mismo”, citó Dinero.

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