No podrán excederse, además, en los costos de los cobros jurídicos.

Estas medidas estarán consagradas en un manual de buenas prácticas de cobranza que publicará la Superintendencia Financiera el próximo mes.

Jorge Castaño, superintendente financiero, habló en el 13 Congreso Internacional de Crédito y Cobranza sobre lo que se va a implementar.

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Los siguientes son otros de las buenas prácticas de cobranza que tendrá el manual que se publicará en octubre, según la presentación de Castaño:

  • Se deben gestionar alternativas de pago idóneas para el consumidor.
  • Los gastos generados por la cobranza deben responder a una gestión efectiva en el recaudo de la obligación.
  • Solamente se pueden generar gastos de cobranza prejudicial (honorarios) luego de que se inicien las acciones de cobro prejurídico.
  • La gestión de cobranza debe ser realizada con personal capacitado e idóneo
  • Abstenerse de informar sobre la mora y el desarrollo de la gestión de cobranza a terceros que no hacen parte de la relación crediticia.
  • Abstenerse de utilizar los datos personales de terceros con el fin de obtener información del deudor.
  • Abstenerse de fijar avisos en zonas comunes del lugar de residencia o en diarios de amplia circulación en los que se informe la condición del deudor, así como enviar comunicaciones a terceros que tengan relaciones comerciales con el deudor.
  • Garantizar la reserva y custodia de la información personal y crediticia del deudor.
  • Poner a disposición del deudor toda la información relacionada con la cobranza prejudicial.
  • Fundamentar la cobranza en saldos actualizados diariamente. Los acuerdos y abonos deben reflejarse de inmediato en el estado de cuenta del deudor.
  • Respetar los acuerdos de pago y los plazos de cumplimiento establecidos con el deudor.

 

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