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La demanda fue presentada el año pasado y busca que la legislación colombiana deje de considerar como muebles e inmuebles por destinación a los animales y que, por el contrario, reafirme “su condición de seres vivos y de titularidad de derechos”.

Al respecto, el concepto de Ordóñez, publicado por Semana, dice:

De la Constitución Política colombiana de 1991 o de los tratados sobre protección del medio ambiente ratificados por Colombia no se desprende en forma alguna que los animales sean seres iguales en dignidad a los seres humanos y, en consecuencia, titulares de derechos…

“En razón de su diferente naturaleza y dignidad, los seres humanos y los animales tienen también categorías jurídicas, también dentro de la Constitución colombiana, motivo por el cual no tiene ningún sentido comparar la protección que se les otorga”, comenta el Procurador, y agrega:

En consecuencia, tampoco corresponden para estos últimos [los animales] conceptos como los de debilidad manifiesta, acciones afirmativas o déficit de protección. Pues, se reitera, no son personas”.

 

Por su parte, Camilo Araque, representante de la persona que interpuso la demanda, le dijo a Semana que el concepto de Ordóñez es anacrónico y relató que el año pasado Francia modificó su código civil para dejar de definir a los animales como objetos.

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