El ente regulador consideró que el nombre Chocquibtown posee una condición especial de reconocimiento en el público colombiano y por ende no podrá ser usado por una empresa de cosméticos para diferentes productos.

Tersa Cosméticos S.A.S. pretendía registrar el signo CHOKIB-TOWN para identificar tratamientos capilares, alisadores capilares, tratamientos, champús, y lociones capilares.

“En este caso, la Dirección de Signos Distintivos al resolver en primera instancia el trámite de registro, protegió el nombre de la agrupación musical, afirmando que la misma era una expresión fantasiosa que poseía una condición especial de reconocimiento en el público colombiano, debido a sus nominaciones en premios internacionales y a sus interpretaciones de canciones con artistas de talla internacional”, señaló la SIC en un comunicado.

Para el ente regulador las similitudes ortográficas y fonéticas entre Chokib-Town y el grupo musical Chocquibtown “eran muy evidentes”. Así mismo, consideró que el eventual registro de signo solicitado ocasionaría una afectación injustificada al prestigio e identidad de la opositora y adicionalmente, debido al reconocimiento que ésta goza en el ámbito nacional, se podría generar en el mercado la falsa percepción de que el signo solicitado es de titularidad de la opositora.

“Con esta decisión, la Superintendencia de Industria y Comercio reitera la protección a la industria de la música en Colombia. Entre otros grupos musicales y cantantes que tienen su marca registrada, se encuentran Doctor Krapula, Bomba Estereo, Carlos Vives, Juanes y Shakira”, señala el documento.

La marca de cosméticos podrá interponer un recurso de apelación frente a la decisión.

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