El Alto Tribunal explicó que se trata de una medida cautelar (con carácter de urgencia) en la que se tuvieron en cuenta las advertencias que hizo la Procuraduría previo a otorgarle la EPS más grande del país a Prestasalud, explicó El Colombiano.

Sumado a esto, dijo, se necesita de un pronunciamiento por parte del Gobierno y que se garantice que no se verá afectado el servicio de salud para los más de 5 millones de usuarios de Cafesalud.

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La ponencia que ordenan la suspensión del proceso de venta fue hecha por la magistrada Claudia Elizabeth Lozzi Moreno, que tuvo en cuenta los alegatos del senador Robledo que pedían, entre otras cosas, que no continuara la enajenación de la EPS hasta que no se hicieran “los ajustes necesarios que permitan la pluralidad de los oferentes”.

“Y que estos (los oferentes) cumplan con la totalidad de requisitos objetivos que garanticen su idoneidad y experiencia, lo que a su vez se refleje en garantizar la prestación del servicio en condiciones de calidad, eficiencia y oportunidad”, señaló el argumento de Robledo, que alegaba que lo presentado por Prestasalud iba en contra de los principios legales y constitucionales, cita El Espectador.

Cabe recordar que a finales del mes pasado, cuando se anunció la venta de la EPS, se conoció que la Procuraduría alertó con anterioridad que el nuevo dueño de Cafesalud no era el adecuado.

“Prestasalud carece de entes que directamente cuenten con experiencia en materia de aseguramiento en salud”, aseguró en su momento el Ministerio Público, citado por El País, de Cali.

Para la Procuraduría General de la Nación, no es equiparable la experiencia en la prestación de servicios de salud, a la experiencia en servicios de aseguramiento en salud. Siendo esta última la necesaria para el proceso que está en curso.

Con base en esto, el Tribunal de Cundinamarca consideró que el mencionado informe de la Procuraduría “vislubra una presunta vulneración a los derechos colectivos invocados y dadas las circunstancias de inminente enajenación de la EPS Cafesalud al consorcio Prestasalud, hacen necesario un examen exhaustivo de las pruebas que deben aportar los accionados previo traslado de la solicitud para que ejerzan su derecho a la defensa”.

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