El lío jurídico se desató por cuenta de una solicitud del señor Wilfredo Díaz Ardila, que tenía por objeto registrar la marca Panela Carmelita, que el consumidor final la podría relacionar con las marcas Carmelitas y Ramo Carmelitas, propiedad de Ramo.

El artículo continúa abajo

La decisión inicial de la SIC, citada por el diario La República, se conoció el año pasado, pero esta semana fue ratificada. El ente regulador impidió el registro de la marca Panela Carmelita con el argumento de que el artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina no permite registrar marcas que generen algún tipo de afectación a un tercero comercial “cuando sean idénticos o se asemejen, a una marca anteriormente solicitada para registro o registrada”.

Para la SIC, ambas marcas generan algún tipo de similitud en identidad y nombre. Además, se trataba de productos similares.

Frene a la decisión de la SIC no existe ningún tipo de recurso.

LO ÚLTIMO