El recurso fue presentado ante la Corte Constitucional, que tuvo en cuenta varias demandas presentadas en contra de Cerro Matoso y que fueron estudiadas durante 3 años.

Según RCN Radio, ahora la empresa tendrá que reparar a las víctimas de estas 8 comunidades: “Bocas de Uré, Centro America, Guacarí-La Odisea, Pueblo Flecha, Puente Uré, del municipio de San José de Uré; Puerto Colombia del municipio de Montelíbano; Torno Rojo del municipio de Puerto Libertador”.

La decisión de la Corte tiene 490 páginas y señala principalmente que se evidenció “la existencia de una grave situación de vulneración de derechos fundamentales en la zona”. La tutela, citada por el diario El Tiempo, asegura que desde 1982 Cerro Matoso realiza actividades de xploración y explotación minera en Córdoba y esto ha llevado a que los integrantes de dichas comunidades padezcan enfermedades respiratorias, dermatológicas y de otro tipo.

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Pese a que pide indemnizar a las víctimas, el Alto Tribunal no pide suspender la actividad minera que realiza la empresa. Sin embargo, tendrá que tramitar una nueva licencia y con esto quedará condicionada.

De no cumplir con esta orden de la Corte, un juez podrá ordenar a Cerro Matoso la suspensión de actividades.