“Hay desinformación, el Consejo Gremial nunca dio oficialmente su apoyo ni al acuerdo de La Habana ni al acuerdo del Teatro Colón. El último pronunciamiento que hicimos fue uno que se le entregó al presidente Juan Manuel Santos en el que le advertíamos los peligros que podía constituir la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP)”, dijo a RCN Radio.

Es claro que la afirmación que hace el vocero de los empresarios busca reiterar que no renuncian al derecho de crítica; en especial, si lo que los afecta se discute en el Congreso en el marco de la reglamentación de la JEP, órgano que juzgará los crímenes cometidos en el marco del conflicto armado.

En este orden de ideas, en el comunicado publicado horas antes, insiste en el tema de los ‘terceros’ (personas vinculadas de un modo u otro al conflicto, que no hayan sido combatientes; por ejemplo, aquellos que financiaron grupos ilegales, dentro de los cuales podría haber empresarios).

El artículo continúa abajo

“En cuanto a la información para la identificación de conductas objeto de esta jurisdicción se debe mantener completa imparcialidad y dar garantías a terceros que manifiesten haber sido coaccionados, garantizando que la carga de la prueba no recaiga en el particular, sino que sea la JEP quien debe demostrarle que actuó de manera libre y premeditada en los actos que se le indilgan”, dice el Consejo Gremial.

Sobre la participación de los integrantes de las Farc en política, Castro agregó que en los acuerdos no está claro si ellos podían hacerlo sin pasar por la JEP.

En el comunicado el consejo gremial critica esta falta de claridad, planteando que “el proyecto de ley (que se tramita en el Congreso) debe garantizar que se cumpla, en primer lugar, con la sanción y reparación a las víctimas para luego sí facilitar el ejercicio de los derechos políticos en los órganos de representación popular. Hacer lo contrario desnaturalizaría la función judicial de la JEP y premiaría a quienes hayan cometido graves delitos contra el Derecho Internacional Humanitario y los Derechos Humanos”, dice.

Los empresarios, así mismo, critican en el comunicado la vaguedad con que está definida la competencia de la JEP, lo que en la práctica significaría que ella misma define su competencia, y la justicia ordinaria quedaría subordinada a sus determinaciones. Así mismo, critican que incluso expandiría “la competencia de la JEP hacia eventos delictivos que no tienen relación con el conflicto armado”.

Los empresarios critican también la introducción del concepto de justicia ‘prospectiva’, que les fue definida, al preguntar, como aquella que “reconoce derechos fundamentales esenciales para las nuevas y futuras generaciones, como son el derecho a una tierra conservada, el derecho a la preservación de la especie humana, el derecho a conocer sus orígenes y su identidad, el derecho a conocer la verdad sobre hechos acontecidos antes de su nacimiento, el derecho a la exención de responsabilidades por las acciones cometidas por las generaciones precedentes, el derecho a la preservación de la libertad de opción, y otros derechos, sin perjuicio de los derechos de las víctimas de cualquier edad o generación a la verdad, la justicia y la reparación”.

Para los empresarios este es un concepto exótico que no existe en ningún país, pues la justicia tiene un carácter ‘retrospectivo’; es decir, que juzga conductas ya ocurridas que se enmarcan en una normatividad penal preexistente

Nuevamente, la vaguedad con que está redactada, lleva a los empresarios a pensar en que se puede tratar de crear unos nuevos derechos fundamentales, sin que esté claro quienes están obligados a reconocerlos, mecanismos para protegerlos o sanciones para quienes los violen.

“En caso de que se pretenda que a los tribunales y salas de la JEP les corresponda esta tarea de desarrollo de derechos colectivos, sería preciso establecerlo así en detalle. Por supuesto, si nada de esto se persigue sería preciso eliminar la figura”, dice el documento.

Los empresarios critican lo que llaman la legalización de las asonadas y los disturbios, pues en uno de los parágrafos de la ley que se tramita en el Congreso, el artículo 30, se consagra el beneficio, para ellos insólito, de “otorgar mecanismos de tratamiento especial que puedan llegar incluso hasta la extinción de la responsabilidad” para aquellos actores que hayan participado en “la protesta pacífica, la defensa de los derechos humanos, y el liderazgo de grupos de la sociedad civil, pueblos y comunidades indígenas no pueden ser por sí mismos tipificados penalmente, ni penados”.

Para los empresarios es una concesión para personas que no tiene relación con el grupo guerrillero ni con el conflicto armado, y coloca a la fuerza pública en estado de indefensión y entorpece la operatividad del Estado.

LO ÚLTIMO